La formación puede ser subvencionada por la
Organismo estatal encargado de fomentar la formación profesional en toda España, tanto a trabajadores empleados como a desempleados, regulado por el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, (BOE n. 87, 11/04/2007) y por las diferentes disposiciones que lo desarrollan, con el fin de mejorar la capacitación profesional y el desarrollo personal de las personas.
Beneficiarios de subvenciones para la formación:
- Todas las empresas con centro de trabajo en el territorio del estado Español que desarrollen formación para sus trabajadores y coticen por contingencias de
formación profesional a la seguridad social. - Todos los trabajadores por cuenta ajena que prestan sus servicios en empresas o entidades públicas no incluidas en las Administraciones públicas.
- Los trabajadores por cuenta propia, autónomos, no pueden ser beneficiarios.
Nosotros podemos realizar la gestión necesaria para obtener la bonificación que le corresponda, tanto a nivel individual si accede a una formación abierta, como a nivel de empresa si accede a una formación cerrada para sus trabajadores.
De esta forma la formación podría resultarle gratuita. Se estudiará y se dará la información necesaria en cada caso.